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Empresas que incumplan pago de gratificaciones podrían ser multadas con hasta S/ 143,660.00

La Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Arequipa recordó a los empleadores que el plazo legal para el pago de la gratificación por Fiestas Patrias vence el miércoles 15 de julio, por lo que exhortó a cumplir oportunamente con este beneficio laboral, cuyo incumplimiento constituye una infracción grave y puede generar multas de hasta S/ 143 660, además del pago de los intereses legales correspondientes.


La gerenta regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Abg. Catherine Rodríguez Torreblanca, informó que este beneficio alcanzará en Arequipa a más de 200 mil trabajadores formales, de los a más de 4 millones que laboran en el sector privado a nivel nacional.


La gratificación corresponde a los trabajadores del sector privado que se encuentran en planilla y a los trabajadores del sector público sujetos al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo 728). Quienes laboraron el semestre completo, de enero a junio de 2026, tienen derecho a percibir una remuneración mensual íntegra. En caso de haber trabajado solo parte del semestre, el beneficio se paga de manera proporcional, equivalente a un sexto de la remuneración computable por cada mes calendario completo laborado. 


Además de la gratificación, los trabajadores recibirán una bonificación extraordinaria establecida por la Ley N° 30334, equivalente al 9 % de la gratificación para los afiliados a EsSalud y al 6,75 % para quienes cuentan con una EPS. Este monto no está sujeto a descuentos por AFP ni por Impuesto a la Renta, permitiendo que el trabajador reciba un ingreso superior a su remuneración neta habitual.


La Gerencia Regional de Trabajo precisó que los trabajadores de las pequeñas empresas inscritas en el Remype reciben el 50 % de la gratificación, mientras que los trabajadores de microempresas, independientes e informales no acceden a este beneficio. En tanto, los trabajadores del sector público comprendidos en otros regímenes laborales percibirán un aguinaldo de S/ 300.00, conforme a las disposiciones del Ministerio de Economía y Finanzas.


La autoridad laboral advirtió que las empresas que no cumplan con el pago oportuno serán pasibles de sanciones económicas. En el caso de las pequeñas empresas, las multas pueden variar entre S/ 2 475 y S/ 24 750, mientras que para las empresas que no pertenecen al régimen mype las sanciones oscilan entre S/ 8 635 y S/ 143 660, dependiendo del número de trabajadores afectados.


Finalmente, la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo exhortó a los trabajadores que consideren vulnerado este derecho laboral a presentar su denuncia ante la autoridad inspectiva, a fin de que se realicen las acciones correspondientes para garantizar el cumplimiento de la normativa laboral vigente.

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